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Antes de nada quiero agradecer a mis compañeras y compañero que me hayan permitido participar en su blog, espero hacerlo lo más dignamente posible.

El reto es grande ya que hablar de una temática libre es mucho más complicado de lo que parece. Pero, tras haber reflexionado sobre los diversos temas que podía abordar, relacionados siempre con nuestra profesión presente o futura como orientadores/as, me he decantado por hacer una especie de reflexión, espero no demasiado polémica, sobre las distintas titulaciones que dan acceso a la misma. Empiezo con algo de historia: 

 

Esta se remonta a 1978, año en el que se creó el Instituto Nacional de Empleo, que entre sus funciones tiene la de ayudar a los trabajadores a encontrar empleo.

Dos años después, en 1980, la Ley Básica de Empleo habla ya de crear programas específicos destinados a fomentar la colocación de trabajadores con dificultades de inserción.



En 1994 se publica la Orden 68/90 de 9 de marzo, en la que se habla de “concesión de ayudas para la realización de acciones de información profesional, orientación profesional y búsqueda activa de empleo”, con el objeto de que sean otras las entidades que lleven a cabo esta labor. La norma también requiere la existencia de expertos para las acciones a desarrollar con los desempleados. Podemos considerar éste momento como punto de partida de la posterior y paulatina configuración de la figura del Orientador Laboral. En este mismo año la Clasificación Nacional de Ocupaciones del INEM recoge ya la ocupación de Orientador Profesional para la Inserción.

En 1995 se crean los Servicios Integrados para el Empleo (S.I.P.E.), desarrollados por entidades tanto públicas (entre ellas muchos ayuntamientos) como privadas sin ánimo de lucro, en el marco de convenios de colaboración con el INEM. En su normativa se establece que cada convenio determinará los perfiles profesionales de las personas que impartan las acciones de orientación. Esto ocasionó, entre otros motivos, que actualmente existan tantas denominaciones para referirse a lo mismo: los profesionales de la Orientación Laboral.

En parte siguiendo directrices de la Unión Europea, la tendencia es que la gestión de los servicios públicos que prestan orientación profesional se descentralice. Así, las Entidades Locales llevan ya varios años creando “servicios locales de empleo”, mantenidos en gran parte con subvenciones del INEM, Comunidades Autónomas y Fondo Social Europeo.

Mediante el Decreto 289/1997, de 9 de octubre, se asumieron por parte de la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios transferidos por la Administración del Estado relativos a la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

Transcurrida esta breve sesión de historia, que no es plan de aburrir, observamos que tras 20 años poco o más bien nada se ha evolucionado en lo que respecta a la regulación de nuestra profesión, a parte, de incluirse esta en la Clasificación Nacional de Ocupaciones.

Cuando se empezó con esto de la orientación, el único requisito para poder ser orientador/a laboral, si no me equivoco, era tener una titulación superior y poco más, a día de hoy continúa siendo igual. Es por ello que accedieron a estos puestos, especialmente al principio, gente que a pesar de tener esa titulación superior, poco o nada sabían sobre el mundo laboral o social. Con el paso del tiempo esos y esas primeros/as orientadores/as se fueron formando y continuaron desempeñando su labor, unos con mayor éxito que otros. 

Cuando leemos los requisitos fijados por la orden de la Consellería de Traballo e Benestar para acceder a puestos de orientadores/as podemos comprobar que todo sigue prácticamente igual. Eso sí, se da una mayor puntuación a unas titulaciones que a otras en función de lo que parece su afinidad con el puesto. De todos modos hubiera sido lógico que con el transcurso de los años se hubiera ido exigiendo al  personal que accedía a estos puestos una formación lo más acorde posible y no cualquiera. Es por ello que da la impresión de que se produce un menosprecio hacia nuestra labor. 


Lo que está claro es que, partiendo de la base de que no existe una formación reglada específica para el ejercicio de la profesión, resultaría lógico que, al menos, sólo se tuviesen en cuenta aquellas titulaciones relacionadas, en uno u otro sentido, con el puesto. Si para ser ejercer como enfermero, ingeniero, maestro, peluquero, soldador, etc,  se exige tener una concreta formación, ¿porqué para ser orientador/a sirve cualquiera? .

Vaya por delante que soy de las personas que piensan que todo se aprende y que la experiencia, como muy bien se dice, es un grado. Pero ya va siendo hora de que se dé a nuestra profesión la importancia que realmente tiene y que la gente que accede a este tipo de puestos lo haga por vocación. 

Habría otros muchos factores/actitudes a tener en cuenta, incluso más importantes que una titulación académica específica, pero estos/as serían mucho más difíciles de evaluar, aunque en la medida de lo posible si debería hacerse.  Entre ellas se encontrarían las habilidades comunicativas y sociales, la empatía, el saber escuchar y transmitir, el tener capacidad y habilidad para motivar, etc.

Con mi exposición no quiero generar controversia, sólo quiero reivindicar la importancia de los y las profesionales de la orientación laboral. Ya es hora de que se establezca qué titulaciones son más acordes al puesto y una vez hecho esto, se nos ofrezca la posibilidad de especializarnos o bien se incluya esta especialización en las respectivas titulaciones.
 



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